Subsidio por desempleo para mayores de 45 años en 2026: qué ha cambiado



- ¿Qué es el nuevo subsidio por agotamiento de prestación en 2026?
- Cuantías del subsidio por agotamiento en 2026
- Requisitos para el nuevo subsidio en 2026
- Duración del subsidio según la situación
- Novedades del Real Decreto-ley 2/2024 que te afectan
- ¿Tengo reconocido el subsidio de mayores de 45 antes del 1 noviembre 2024?
- Cómo solicitar el subsidio por agotamiento en 2026
- Documentos necesarios
- Preguntas frecuentes
¿Qué es el nuevo subsidio por agotamiento de prestación en 2026?
Desde el 1 de noviembre de 2024, cuando se agota la prestación contributiva por desempleo (el paro), existe un único subsidio por agotamiento. Ya no se distingue entre mayores de 45, mayores de 52 o con cargas familiares — se unifican en un solo sistema con diferentes duraciones según la situación.
Cuantías del subsidio por agotamiento en 2026
| Período | % IPREM | Importe mensual |
|---|---|---|
| Primeros 6 meses | 95% | 570 €/mes |
| Meses 7 al 12 | 90% | 540 €/mes |
| Resto del período | 80% | 480 €/mes |
El IPREM en 2026 es de 600 €. El pago se realiza entre los días 10 y 15 de cada mes.
Requisitos para el nuevo subsidio en 2026
- Haber agotado la prestación contributiva por desempleo
- Estar en situación legal de desempleo e inscrito como demandante de empleo
- Suscribir el acuerdo de actividad (compromiso de buscar empleo activamente)
- No tener derecho a una nueva prestación contributiva
- No superar el límite de rentas propias: 75% del SMI (915,75 €/mes en 2026)
Duración del subsidio según la situación
| Situación | Duración máxima |
|---|---|
| Menores de 45 años sin cargas familiares (prestación agotada ≥360 días) | 6 meses |
| Mayores de 45 años sin cargas (prestación agotada ≥120 días) | 6 meses |
| Con responsabilidades familiares (prestación agotada ≥120 días) | 24 meses |
| Con responsabilidades familiares (prestación agotada ≥180 días) | 30 meses |
Novedades del Real Decreto-ley 2/2024 que te afectan
- Sin mes de espera: ya no hay que esperar un mes para solicitar el subsidio tras agotar el paro — se puede pedir desde el día siguiente
- Plazo ampliado: tienes 6 meses para solicitar el subsidio (antes eran 15 días hábiles)
- Rentas solo personales: ya no se computan los ingresos del cónyuge — solo cuentan los tuyos
- Compatible con trabajo: se puede compatibilizar con trabajo a tiempo parcial o completo hasta 180 días (complemento de apoyo al empleo)
- Cuantías escalonadas: los primeros 6 meses se cobra más (570 €) que antes (480 €)
¿Tengo reconocido el subsidio de mayores de 45 antes del 1 noviembre 2024?
Si solicitaste o tenías reconocido el subsidio antes del 1 de noviembre de 2024, sigues cobrándolo con las condiciones anteriores (6 meses de duración, 80% del IPREM = 480 €) hasta que se extinga. La nueva normativa no te afecta retroactivamente.
Cómo solicitar el subsidio por agotamiento en 2026
- Online (recomendado): accede a sede.sepe.gob.es → Prestaciones → Solicitar subsidio por desempleo
- Presencial: con cita previa en la oficina del SEPE de tu municipio (060 o sede.sepe.gob.es)
- Por correo: enviando la solicitud a la oficina de prestaciones correspondiente
Documentos necesarios
- DNI o NIE en vigor
- Número de afiliación a la Seguridad Social
- IBAN de cuenta bancaria a tu nombre
- Declaración responsable de rentas
Preguntas frecuentes
¿El subsidio de mayores de 45 sin cargas familiares sigue existiendo?
No como subsidio específico. Desde el 1 de noviembre de 2024 se integró en el subsidio unificado por agotamiento de prestación. Los mayores de 45 sin cargas que agoten el paro pueden acceder al nuevo subsidio si la prestación agotada era de al menos 120 días.
¿Cuándo me pagan el subsidio?
Entre los días 10 y 15 de cada mes, correspondiente al mes anterior. El primer pago llega entre 15 y 25 días hábiles después de que el SEPE resuelva la solicitud.
Fuente: Real Decreto-ley 2/2024 y sede.sepe.gob.es
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